¿Por qué las cooperativas no están bajo el régimen de la Ley 83-02 Monetaria y Financiera? Respetuosa respuesta a Aníbal de Castro

 Yanio Concepción

Recientemente, en un debate público, se argumentó que las Cooperativas de Ahorro y Crédito debían ser consideradas instituciones de intermediación financiera conforme a la Ley 83-02 Monetaria y Financiera, específicamente en sus artículos 34 y 35.

Sin embargo, objeté esta postura porque las cooperativas forman parte de la economía social y solidaria, rigiéndose por valores y principios universales aprobados por la Alianza Cooperativa Internacional y reconocidos por las Naciones Unidas (ONU) y en el país por una ley especial.

Dado que las cooperativas son propiedad de sus asociados, no están sujetas a la captación de capital externo ni realizan transacciones con terceros. Por lo tanto, no deberían estar reguladas bajo la Ley 83-02 Monetaria y Financiera.

En la República Dominicana, estas entidades se rigen por la Ley 127-64 y su reglamento 623-86, y están supervisadas y fiscalizadas por la Ley 31-63, y Ley 155-17, que establece las normas para prevenir y sancionar el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

En la misma Ley 83-02 Monetaria y Financiera, en el artículo 76. Disposición general. “Las cooperativas quedan exceptuadas de las disposiciones contenidas en esta Ley, en virtud de que estas son regidas por sus propias leyes especiales, tales como la 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964, y la 31 que crea el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) como ente estatal regulador.

Es necesario abrir un debate público y legislativo para la creación de una nueva normativa que regule, fiscalice y brinde seguros a las cooperativas.

La actual legislación, vigente por más de 64 años, requiere adecuaciones para acompañar el crecimiento del sector, que hoy cuenta con casi 2 millones de socios organizados en más de 2,300 cooperativas, con activos que superan los 350 mil millones de pesos.

Esto es fundamental para fortalecer su competitividad financiera y mitigar riesgos en el mercado.

Aunque algunos sectores económicos ven con recelo el crecimiento financiero del sector cooperativo, consideramos positivo el debate sobre una nueva legislación especial para las cooperativas de ahorro y crédito.

Esto permitirá fortalecer la confianza, diversificar productos y servicios, y mantener su competitividad en el contexto económico actual.

Las cooperativas de ahorro y crédito poseen un régimen jurídico propio debido a su naturaleza y origen histórico, lo que las distingue de otras instituciones financieras.

En concreto, cuentan con un régimen especial, regulado por la Ley 127-64 y su reglamento 623-86, diseñado específicamente para reconocer y proteger sus particularidades.

Estas entidades operan bajo principios de autogestión, solidaridad y participación de sus socios, lo que reafirma su rol dentro de la economía social y solidaria.

 

En el “Año Internacional de las Cooperativas 2025.

Las cooperativas construyen un mundo mejor”.

 

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